Respuesta corta: el hogar no es la gente que vive bajo su techo. Es una lista que definen las reglas, y cada persona de esa lista mueve la línea de ingreso $7,100. En 2026, fuera de Alaska y Hawái, que tienen sus propias tablas, un hogar de dos necesita $27,050 de ingreso, uno de tres $34,150, uno de cuatro $41,250 y uno de cinco $48,350. Son las cifras del 125 por ciento que usa el formulario. Algunas personas están en la lista vivan o no con usted, otras solo si la declaración de impuestos lo dice, y otras se pueden dejar fuera. Un recuento equivocado significa una línea equivocada. Vigente a septiembre de 2026 y conforme a la edición 08/24/26 de las instrucciones.

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La tabla se publica de nuevo cada año, y la que rige un caso es la vigente cuando el inmigrante presentó la solicitud, no la vigente cuando el patrocinador firmó. Un patrocinador en servicio militar activo que patrocina a su cónyuge o a un hijo menor se mide con una tabla más baja, que no se aplica a un patrocinador conjunto ni sustituto.

Quién está en la lista por defecto

El cónyuge peticionario y el inmigrante están siempre, y eso son dos personas, porque el cónyuge inmigrante es una persona y no dos. Siguen los hijos solteros menores de 21 años del peticionario, que cuentan vivan o no en casa y tenga o no el peticionario la custodia. También entra cualquier persona declarada como dependiente en la declaración federal de impuestos más reciente del peticionario, sea o no familiar, viva o no con él. Y cualquier persona que el peticionario patrocinó con una Declaración de Apoyo anterior, que ya haya inmigrado, y cuya obligación de manutención no ha terminado. Nadie se cuenta dos veces.

Esas son las reglas. Los cinco casos siguientes son donde más se aplican mal.

Caso 1: el hijo del peticionario de una relación anterior que vive con el otro padre

Se cuenta. La regla mira la relación de padre e hijo, no la dirección ni la orden de custodia. Un peticionario con dos hijos menores de 21 años que viven en otro estado tiene un hogar de cuatro antes de sumar a nadie más, lo que mueve la línea de $27,050 a $41,250. Hay una excepción: el hijo que ya es mayor de edad y no fue declarado como dependiente en la última declaración se puede dejar fuera. Las instrucciones miden la mayoría de edad por la ley del domicilio del propio hijo y el reglamento está redactado de forma más suelta, así que cuando el hijo vive en otro estado conviene precisarlo en vez de suponerlo.

Por ejemplo: un hijo de 19 años en un estado donde la mayoría de edad empieza a los 18, declarado como dependiente el año pasado, sigue contando. El mismo hijo de 19 años, no declarado, se puede quitar.

Caso 2: el hijo del propio inmigrante que es ciudadano estadounidense o ya es residente permanente

Depende de la relación del hijo con el peticionario, no solo de la ciudadanía. Un hijo nacido en Estados Unidos del inmigrante es ciudadano, y las reglas dejan fuera de la lista al cónyuge y a los hijos ciudadanos o residentes del inmigrante cuando el peticionario no los mantiene. Pero si ese hijo es también hijo del peticionario, se cuenta una vez como hijo del peticionario. Si la pareja se casó antes de que ese hijo cumpliera 18 años, es hijastro del peticionario, y el reglamento solo lo deja fuera cuando las tres cosas son ciertas: no vive con el peticionario, no está declarado como dependiente para efectos fiscales y no está inmigrando por la relación de padrastro o madrastra. Cuando un hijastro ciudadano vive en la casa pero no aparece en la declaración de impuestos, las dos partes de la regla apuntan en direcciones opuestas, y la práctica habitual es contarlo en vez de dejar un hueco que un oficial pueda encontrar.

Por ejemplo: un bebé de la pareja se cuenta como hijo del peticionario. Un hijo de 15 años que el inmigrante trae al matrimonio y vive en la casa se cuenta como hijastro aunque no aparezca en una declaración de impuestos. Un hijo que ya había cumplido 18 años el día de la boda no es hijastro en este sentido, y se cuenta solo si una declaración de impuestos u otra regla lo alcanza.

Al lado hay otra regla distinta que se confunde con esta: un cónyuge o hijo del inmigrante que es extranjero y vive fuera del país, y que no inmigrará dentro de los seis meses siguientes al inmigrante, se puede dejar fuera del recuento. Esa regla trata de personas que no son ciudadanas ni residentes.

Caso 3: alguien en la declaración de impuestos que no es familia

Se cuenta. Un padre, un primo, el hijo de la pareja o un amigo declarado como dependiente en la declaración más reciente está en la lista aunque no exista el deber legal de mantenerlo y aunque viva en otra parte. Las instrucciones lo dicen sin rodeos: si lo declaró, lo cuenta.

Por ejemplo: los dependientes declarados en una declaración conjunta con el cónyuge inmigrante son dependientes del peticionario para este fin. Alguien a quien el peticionario piensa quitar de la próxima declaración sigue contando si la más reciente ya presentada lo muestra.

Caso 4: alguien a quien el peticionario patrocinó hace años

Se cuenta si esa persona ya inmigró y la obligación de manutención sigue viva. Esto incluye a alguien por quien el peticionario firmó como patrocinador conjunto en el caso de otra familia, que es la versión que la gente olvida. La obligación termina cuando la persona patrocinada se hace ciudadana, ha trabajado o se le pueden acreditar 40 trimestres computables bajo las reglas del Seguro Social, sale de Estados Unidos y renuncia a la residencia permanente, fallece, u obtiene un nuevo ajuste de estatus en un proceso de deportación con una nueva declaración de apoyo cuando esta se requiere. El divorcio del cónyuge anterior no está en esa lista.

Por ejemplo: un peticionario que patrocinó a un excónyuge hace ocho años sigue contando a esa persona si no ha ocurrido ninguno de esos hechos. Los trimestres no son solo los propios de la persona patrocinada; en ciertos casos se le pueden acreditar los de su cónyuge o de sus padres, y en cambio no cuentan los trimestres en que recibió un beneficio federal sujeto a verificación de recursos después de 1996. Por eso esto se responde con el registro del Seguro Social y no con un cálculo de años trabajados.

Caso 5: padres, hermanos o hijos adultos que viven en la casa

Se cuentan solo por elección, salvo que otra regla ya los ponga en la lista. Los familiares que viven con el peticionario y no son dependientes no están en la lista por defecto. El peticionario puede añadirlos por una sola razón: sumar el ingreso de ellos al ingreso del hogar. Quien se añade así debe tener 18 años o más y firmar el Formulario I-864A, un contrato aparte que lo hace legalmente responsable de mantener al inmigrante junto con el peticionario. Cada persona añadida sube además la línea $7,100.

Por ejemplo: una madre en casa que gana $30,000 convierte la línea de dos personas en la de tres, $34,150, y suma $30,000 al ingreso computable, lo que ayuda en la comparación de ingresos. Un hermano en casa que gana $6,000 sube la línea más de lo que aporta su ingreso. La diferencia también se puede cubrir con bienes que califiquen, que es una cuestión distinta del recuento.

Lo que no cambia el recuento

Preguntas frecuentes

Mi cónyuge y yo tenemos un hijo en común. ¿Somos un hogar de tres o de cuatro? De tres, cuando ese hijo no está solicitando también la residencia con esta declaración. El peticionario, el cónyuge inmigrante y el hijo, contado una vez como hijo del peticionario. Contar cuatro es un error frecuente, y mueve la línea $7,100 sin motivo.

Tengo un hijo menor de 21 años que está casado. ¿Cuenta? No en la categoría de hijos, que se limita a hijos solteros menores de 21 años. Un hijo casado se cuenta si otra regla lo alcanza, por ejemplo si fue declarado como dependiente en la declaración más reciente o si el peticionario lo patrocinó antes.

Esperamos un bebé. ¿Cuenta el hijo no nacido? No. Un hijo no nacido no es hijo según la definición migratoria ni dependiente fiscal. Las cifras que se aplican se miden desde el año en que el inmigrante presentó la solicitud, y si pasa más de un año hasta la entrevista, USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.) puede pedir información financiera actualizada.

¿Cambia el recuento si mis padres se mudan con nosotros el año que viene? No por sí solo. Los familiares en casa se añaden solo cuando se usa su ingreso y solo con su firma en el Formulario I-864A, salvo que una declaración de impuestos o una declaración de apoyo anterior ya los ponga en la lista.

Solo información general — no constituye asesoría legal para su caso. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

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