Respuesta corta: la ruta dentro del país está generalmente cerrada, pero el caso no. La ley que impide a los visitantes sin visa solicitar dentro de Estados Unidos hace una excepción solo para los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. El cónyuge de un residente permanente es un familiar de categoría de preferencia, no un familiar inmediato, así que la excepción no le alcanza. Su cónyuge todavía puede presentar la petición. La green card llega entonces por una de tres puertas: el consulado en el extranjero, que su cónyuge se haga ciudadano, o una excepción estrecha de una ley antigua. Nada de esto es un plan con el que entrar; describe lo que la ley hace con una situación que ya existe. A septiembre de 2026.
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1. Por qué la línea entre ciudadano y residente decide este caso
Dos prohibiciones distintas aplican al visitante sin visa que solicita desde dentro de Estados Unidos: una por la propia entrada sin visa, y otra por estar fuera de estatus si los 90 días ya pasaron. Ambas hacen una excepción con los familiares inmediatos; ninguna la hace con el cónyuge de un residente permanente. Para el cónyuge de un ciudadano, las dos desaparecen. Para el cónyuge de un residente permanente, las dos se quedan. Una solicitud presentada de todos modos se deniega, y para quien entró con ESTA la denegación de esa solicitud no tiene apelación y puede ser seguida de una expulsión sin audiencia, por los derechos a los que renunció al entrar.
Dónde se divide: la misma entrada con ESTA, el mismo matrimonio, el mismo exceso de estadía. Con cónyuge ciudadano usted puede solicitar desde dentro si se cumplen los demás requisitos; con cónyuge residente, no.
2. Lo que la petición hace, y lo que no hace
Su cónyuge puede presentar la petición familiar ahora; el cónyuge de un residente permanente es la categoría F2A. La aprobación de la petición no le da ningún estatus, no impide que terminen los 90 días, no impide que cuente la presencia ilegal y no impide la expulsión de quien excedió su estadía con ESTA. Lo que sí hace es fijar su lugar en la fila. En el Boletín de Visas de septiembre de 2026 la fecha de acción final de F2A es el 22 de agosto de 2026 para la mayoría de los países, y la tabla de presentación no muestra espera; el boletín cambia cada mes, y el mes en que usted actúa es el que cuenta. Una petición presentada por sí sola ha tardado con frecuencia más de un año desde la presentación hasta la aprobación en los casos recientes de nuestra oficina. Si presentarla ahora, y cuándo, se decide junto con los planes de salida y de ciudadanía que siguen.
Dónde se divide: presentar la petición ahora o después no cambia nada sobre la prohibición ESTA. Cambia la fecha de prioridad, que decide la espera en la puerta uno.
3. Puerta uno: el consulado
La green card puede terminarse en un consulado de Estados Unidos en el extranjero una vez aprobada la petición y disponible un número de visa. Que esa puerta esté limpia depende en gran medida del día en que salga. La presencia ilegal se cuenta en días desde el día siguiente al fin de la admisión de 90 días, no en meses desde la entrada. Una salida después de más de 180 días de ella, que para la mayoría cae unos nueve meses después de entrar, activa un castigo de tres años al regresar; un año o más, diez años. La ley permite una exención de ese castigo para el cónyuge de un residente permanente que pueda demostrar dificultad extrema para ese cónyuge. Una versión provisional puede pedirse antes de salir una vez aprobada la petición y pagada la tarifa consular, pero no por alguien que ya tiene una orden de expulsión. No se concede automáticamente, y por sí sola no garantiza la visa.
Dónde se divide: salir dentro de los 90 días, salir antes de aproximadamente el noveno mes, y salir después llevan a tres casos consulares distintos.
4. Puerta dos: su cónyuge se hace ciudadano
El día en que su cónyuge se naturaliza, una petición F2A pendiente o aprobada se trata automáticamente como petición de familiar inmediato. En ese momento la prohibición por entrada sin visa y la prohibición por falta de estatus dejan de aplicarle, y la ruta dentro del país puede abrirse, incluso después de un exceso de estadía, si se cumplen los demás requisitos. Hay que informar a la agencia que lleva el caso, con prueba de la naturalización. Un residente permanente generalmente necesita cinco años como residente para la ciudadanía, y la solicitud puede presentarse hasta 90 días antes de cumplirlos; la regla más corta de tres años es para personas casadas con ciudadanos, que no es esta situación.
Dónde se divide: a cuántos meses está su cónyuge de la ciudadanía, y qué le pasa a usted en esos meses. Una vez que terminan los 90 días, la espera significa no tener estatus ni permiso de trabajo, y un exceso de estadía con ESTA sobre el que se puede actuar sin audiencia.
Puerta tres, brevemente
Una petición familiar o de empleador, o una certificación laboral, presentada a su favor, o a favor de un padre o madre cuando usted era su hijo, el 30 de abril de 2001 o antes puede conservar una excepción de una ley antigua que permite una solicitud dentro del país a pesar de la entrada sin visa. Las presentadas después del 14 de enero de 1998 exigen además prueba de que usted estaba en Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000. Es rara, y depende de documentos de esa época.
Lo que no cambia la respuesta
- Presentar la solicitud de green card de todos modos. Se deniega, y la denegación no puede apelarse.
- Que el matrimonio sea genuino. La autenticidad no es la pregunta aquí; la categoría sí.
- El tiempo transcurrido desde que entró, para la ruta dentro del país. Importa mucho para la ruta consular.
Preguntas frecuentes
¿Puedo obtener un permiso de trabajo mientras esperamos? No con la petición sola. El permiso de trabajo en los casos de matrimonio solo puede pedirse junto con una solicitud de green card pendiente y elegible, y en esta situación no la hay. La admisión con ESTA por sí misma no permite trabajar.
¿Podemos presentar dentro de todos modos y arreglarlo después? No. Para quien entró con ESTA, la denegación de esa solicitud no tiene apelación y puede llevar a una expulsión sin audiencia ante un juez de inmigración. La solicitud dentro del país existe solo después de que se abra la puerta dos, o en el raro caso de la puerta tres.
A mi cónyuge le faltan pocos meses para la ciudadanía. ¿Qué cambia ese día? La petición se convierte automáticamente a la categoría de familiar inmediato, y la solicitud dentro del país puede quedar disponible. Hasta ese día los 90 días terminan según lo previsto, y después la presencia ilegal y el exceso de estadía con ESTA siguen corriendo.
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